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Seminario de Hermenútica Jurídica

Coordinador: Gonzalo Nogueira

Este Seminario presenta su área de trabajo sobre la hermenéutica jurídica, con el propósito de construir un espacio de apertura al encuentro fraternal, al diálogo y la reflexión sobre la “comprensión” como acontecimiento producido por quienes participan del mundo de la vida y, en nuestro caso, en el particular campo jurídico, sobre el derecho, lo jurídico, en tanto disciplina de las ciencias sociales como también como productor, regulador y reproductor de la vida social. Nos proponemos escapar de todo dogmatismo y discusiones excluyentes de otras perspectivas o formas de ver los asuntos que nos interesan. Replicamos, y seguimos, la propuesta de Michel Foucault cuando desafiaba toda mirada única sobre la vida social y de las ideas:

Hay momentos en la vida en los que la cuestión de saber si se puede pensar de modo diferente a como se piensa y percibir de otro modo a como se ve, es indispensable para continuar contemplando o reflexionando.

Utilizamos aquí la noción de campo propuesta por Bourdieu, para referirnos a las acciones humanas y sus efectos, que configuran y expresan el mundo social de lo jurídico que deben confrontarse con las pautas normativistas que intenta regular el deber ser. Para ello, proponemos reunir a colegas, y toda persona interesada, provenientes de cualquiera de las disciplinas de las ciencias sociales y humanas, como también a quienes actúan en el campo de la administración de justicia, de la docencia y la investigación, para conversar (“Gran antídoto contra la estupidez y el fanatismo”, como dijo hace poco un trovador urbano); y para pensar de modo colectivo sobre qué significa comprender el derecho en tanto construcción social.

Perseguimos curiosidad y osadía, con la debida prudencia spinozista, para preguntarnos sobre la verdad, la facticidad y la validez del derecho.

Desde el Seminario proponemos hablar de la “hermenéutica jurídica” en tanto ejercicio de comprensión del obrar humano en un campo particular de la vida social, el mundo del derecho, en la búsqueda de desglosar la estructura intrínseca del saber, de la producción de verdad y de una praxis en la que los actores implicados construyen realidad.

Esta aproximación no descarta otro tipo de perspectivas ni de puntos de partida. Proponemos construir puentes de conversación. Porque, en definitiva, buscamos promover una “conciencia hermenéutica”, como lo propone Gadamer que “nos lleve a admitir los límites de la objetivación en general”. Aquí nos interesa demorarnos en la idea de la “experiencia hermenéutica” como acontecimiento y disposición a una apertura. Allí donde el sujeto aprende sus propios límites, su finitud, para aprehender, al fin, su propia conciencia hermenéutica que habilita la comprensión del otro y abre un camino a la “transformación hacia lo común”.

Entonces, entendemos la hermenéutica como un saber acerca del conocimiento jurídico, en tanto saber disciplinar de las ciencias sociales, y como un juego de comprensión sobre nuestros sentidos acerca de la construcción social de la cultura jurídica. Ello, en un diálogo abierto entre el mundo de la vida de los sujetos implicados en los acontecimientos abordados, y las estructuras que condicionan la experiencia humana juridificada.

Esta reflexión hermenéutica, también nos llama a considerar el peso de la tradición, de la historicidad de las cuestiones y los protagonistas, de la influencia de los conocimientos previos de quien observa, como también de los usos del lenguaje a fin de abrir todos los horizontes posibles de sentido, y sobrepasar los límites de un marco lingüístico singular. Porque es el lenguaje el que hace posible la experiencia hermenéutica.